EL DERECHO FUNDAMENTAL AL VOTO Y SU PROTECCIÓN JURÍDICA

OBJETIVO: Explorar los alcances del control constitucional que garantiza el ejercicio del derecho al voto como elemento para la construcción de la democracia, en virtud de que la promoción y protección del derecho humano al voto debe ser amplia e incondicional, pues tratándose de un derecho de libertad, es factor indispensable para la consolidación de otros Derechos Humanos y por ende de la democracia. METODOLOGÍA: El método que se seguirá para alcanzar el objetivo propuesto será teórico y analítico. LOS ASPECTOS A DESARROLLAR: En el modelo de democracia constitucional, propuesto por Luigi Ferrajoli, la democracia se sustenta en dos principios fundamentales: la división de poderes y la garantía de los derechos fundamentales. En esta concepción de la democracia destaca además la idea de que al pueblo no sólo corresponde el ejercicio de los derechos político-electorales para la elección de un gobierno representativo, sino que además le pertenecen el conjunto de los derechos fundamentales –civiles, liberales, políticos y sociales— frente al poder del Estado, a los cuales los poderes de la mayoría derivados de la democracia plebiscitaria, están sometidos. Esto significa que la democracia existe a través de los derechos. Los derechos político-electorales son las prerrogativas con que cuentan los ciudadanos para participar en la integración de los poderes públicos del Estado y que los facultan para intervenir de forma individual o colectiva, directamente o a través de la representación, en la decisiones de gobierno. En este contexto, los derechos al voto y a la autodeterminación, derechos inherentes al ser humano, son básicos para la construcción de la democracia, toda vez que son expresión de la voluntad del pueblo. El reconocimiento de los Derechos Humanos de forma más amplia en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y su proyección al Derecho Internacional incluyó el reconocimiento del derecho al voto como un derecho humano y la prevención para garantizar su ejercicio mediante un mecanismo de control constitucional.

Carlos Sergio Quiñones Tinoco /Universidad Juárez del Estado de Durango
Stephanie Guerrero Ramírez /Universidad Juárez del Estado de Durango
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