REFLEXIONES SOBRE FIGURAS DE ACCESO AL PODER. REFORMA 2014. NUEVO ROSTRO DE LA DEMOCRACIA MEXICANA

El presente trabajo de investigación tiene como principal objetivo, invitar a los lectores a la reflexión para que formen su propio criterio sobre las nuevas figuras de acceso al poder, que fueron introducidas en la reforma político electoral de 2014. Ello, en virtud de que las mismas le dieron un nuevo rostro a la democracia mexicana, ya que previo a la reforma, no podía hablarse de que todos los ciudadanos sin distinción, pudieran contender a cargos de elección popular, toda vez que, por un lado, se encontraba la situación de desigualdad entre hombres y mujeres, que aún está presente, no obstante las medidas constitucionales y legales desplegadas en años anteriores; y, por el otro, las personas en general que aspiraban a un cargo de elección popular, pero que no pertenecían a un partido político que los postulara y, por ende, quedaban al margen de ésta aspiración por demás legítima. Para responder a tan latentes inquietudes, el constituyente incluyó el principio de paridad de género, y para el segundo, la figura de candidaturas independientes. Asimismo, en antagonismo a lo prevalecido por muchísimos años “sufragio efectivo no reelección”, aparece como figura controversial y polémica, la reelección. Para desarrollar lo anterior, se pretende utilizar una metodología de hermenéutica jurídica, tanto de la norma como de su alcance en la sociedad, incluyendo estudios empíricos sobre la eficiencia de las figuras, sobre todo en lo que respecta al principio de paridad de género y candidaturas independientes; y en cuanto a la reelección, el estudio comparado es indispensable. Así mismo, los medios de impugnación en materia electoral juegan un papel importante para proteger y salvaguardar el principio de paridad de género, las candidaturas independientes y la reelección; pero además, para seguir construyendo criterios que enriquezcan el derecho al voto pasivo y activo. Es por ello, que se referirá brevemente a los aspectos novedosos que fueron traídos a raíz del resultado de las impugnaciones en procesos electorales anteriores.

María Magdalena Alanís Herrera /Facultad de Derecho y Ciencias Políticas
Brenda Fabiola Chávez Bermúdez /INSTITUTO DE INVESTIGACIONES JURÍDICAS
Carolina Balleza Valdez /Universidad Juárez de Estado de Durango
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