Evolución de las politicas jurisprudenciales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación 2011-2018
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha emitiendo criterios jurisprudenciales en materia de derechos humanos a partir de la reforma constitucional de 2011, que dan una nueva visión en su interpretación y que ha generado contradicción entre diversas tesis, así como restricciones constitucionales al goce y ejercicio de los derechos y libertades, como políticas encaminadas a la actuación para quienes imparten justicia. Nuestra participación en los congresos organizados por AMECIP, nos han permitido presentar el cómo han evolucionado las políticas jurisprudenciales de la propia Corte. Nuestra investigación se ha venido enriqueciendo durante los últimos seis años en donde hemos sostenido que la interpretación de normas constitucionales que ha emitido la SCJN genera una problemática sobre una nueva visión en la aplicación de la Justicia, respecto de los Derechos Humanos o Derechos Fundamentales. No solamente ello, sino que, hoy en día, ha publicado Protocolos de actuación para quienes imparten justicia, como un criterio de la propia Corte que permite cuestionar si se trata de políticas públicas, o simplemente de lineamientos para el juzgador que deberá observar para la aplicación de la justicia o una nueva cultura jurídica. Partimos de aquellos rubros jurisprudenciales que protegen y hacen efectivos los principios constitucionales en materia de derechos humanos, de tal suerte que hemos identificado criterios sostenidos por el máximo intérprete de la Constitución, que obligan a su sistematización y estudio mediante un método deductivo. Dichos rubros son: tratados internacionales; control constitucional y de convencionalidad; control difuso; estudio y restricción de los derechos humanos; jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos; órganos de control; principio pro persona, y requisitos procesales. Estos rubros, así como sus protocolos, permiten establecer que existe una probable restricción y contradicción entre ellos que hacen posible una nueva interpretación de los derechos humanos.
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